Guía de trámites


A continuación le detallamos algunos de los trámites más habituales.


LICENCIAS DE APERTURA

1º Fase :
  1. Elaboración de Proyecto Técnico de Apertura por Técnico competente.
  2. Visado de la documentación técnica por Colegio Oficial correspondiente.
  3. Liquidación de las Tasas de Apertura (Las actividades con una superficie inferior a 500 m2, están exentas del pago de la misma)
  1. Presentación en el Ayuntamiento de la Documentación Técnica necesaria y Solicitud de Apertura.
Si la actividad no es calificada (Ej. Bazares, Moda, Complementos, Alimentación, Bebidas Envasadas, etc.), se procederá a la tramitación mediante declaración responsable, a la cual se adjuntará el correspondiente Certificado Final de Instalaciones, firmado y visado por Técnico competente. Obteniéndose de forma inmediata la concesión de la Licencia de Apertura.

Si la actividad es calificada (Bares, Discotecas, Talleres, etc.), se procederá a la tramitación mediante Solicitud de Apertura. Una vez presentada la documentación antes mencionada y obteniendo nº de Expediente, sólo cabe esperar a que el Ayuntamiento conteste al tal expediente.


2ª Fase :
  1. Contestación favorable al nº de expediente por parte del Ayuntamiento a la totalidad de la documentación presentada, obteniéndose Licencia Inicial.
  2. Presentación en tiempo y forma del Certificado Final de Instalaciones y resto de Certificados y Autorizaciones complementarias, según la actividad a legalizar.
  3. Visita de comprobación por parte de los Técnicos del Ayuntamiento.
  4. Obtención de la Licencia de Apertura.


LICENCIA DE OBRA MAYOR Y PRIMERA OCUPACIÓN

1º Fase :
  1. Elaboración de Proyecto Técnico de Adecuación y documentación complementaria necesaria por Técnico competente.
  2. Visado de la documentación técnica por Colegio Oficial correspondiente.
  3. Liquidación de las Tasas de Obras en la GMU (1,85 % del presupuesto del Proyecto de Adecuación o bien aplicando el módulo y coeficientes correctores que le son de aplicación, en base a la superficie total construida) con una cuota mínima de 118,74 Euros.
  4. Presentación de la Solicitud de Obras, junto al resto de la documentación técnica e identificativa en el Registro General de la GMU, obteniéndose seguidamente el número de Expediente.

2ª Fase :
  1. Concesión de la Licencia de Obras por parte de la GMU.
  2. Comunicación del Inicio de Obras y Aprobación del Plan de Seguridad y Salud, junto al justificante de pago de la Fianza de residuos de la construcción (aprox. 300 Euros).
  3. Solicitud y Pago del ICIO.

3ª Fase :
  1. Finalizada las obras, presentación del Certificado Final de Obras en la GMU.
  2. Depositar los residuos de la construcción generados en la obra en los puntos limpios habilitado para ello.
  3. Cumplimentación de la solicitud para la devolución de la fianza de residuos.
  4. Solicitud de la Licencia de Primera Ocupación (si procede), previa liquidación de la correspondiente tasa de Primera Ocupación (correspondiente al 10 % de la Tasa de Obras, con una cuota mínima de 44,18 Euros).
  5. Obtención de la Licencia de Primera Ocupación.
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REGISTRO INDUSTRIAL

1º Fase :
  1. Elaboración de Proyecto Técnico por Técnico competente.
  2. Cumplimentación de las Fichas Técnicas y Certificados correspondientes a cada instalación.
  3. Visado de la documentación técnica por Colegio Oficial correspondiente.
  4. Presentación de la documentación en la Conserjería de Industria, obteniendo el número de expediente y el registro de cada instalación.

2ª Fase :
  1. Contestación favorable, por parte de la Conserjería de Industria, asignado el nº de Registro Industrial.


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